Para que las empresas hagan negocios o las familias administren sus bienes hay diferentes esquemas, en los cuales se requieren formalidades de constitución, modificación, liquidación y regímenes de responsabilidad según el tipo de estructura.
Los fideicomisos son también una alternativa que permite asociar. Es de su esencia. Así, a través de un fideicomiso, varias empresas hacen un negocio; o los miembros de una familia se unen para administrar el patrimonio familiar con la finalidad de protegerlo.
Hay muchos ejemplos prácticos de lo anterior como los desarrollos inmobiliarios con empresas constructoras que unen esfuerzos sin constituir una nueva sociedad; o un conjunto de inversionistas que adquieren un inmueble a través de un fideicomiso para que éste lo arriende y distribuya los remanentes.
Los fideicomisos tienen beneficios como que su constitución es más sencilla y flexible y a veces menos costosa; genera estructuras para toma de decisiones; implementa mecanismos de recaudos y pagos ampliados; pueden comprar, vender, arrendar, invertir, y son fácilmente liquidables. De esta manera, es posible estructurar un sinnúmero de negocios, asociando personas a través de esquemas fiduciarios que se acomodan a las necesidades de los interesados de forma ágil y eficiente.
Los fideicomisos tienen cualidades que es necesario destacar para reafirmar la posibilidad de asociación que conllevan. La primera es que son Patrimonio Autónomos, una figura con una fortaleza jurídica extraordinaria gracias a la legislación vigente: permite “asilar” jurídicamente una serie de bienes formando un vehículo independiente para que una entidad financiera (fiduciaria) lo administre siguiendo instrucciones precisas y solo esas, generando una separación patrimonial de los demás bienes de fideicomitentes y de terceros. Una segunda es que el fideicomiso se constituye con un destino: comprar una compañía, hacer un proyecto inmobiliario, educar un menor de edad o generar la manutención un adulto mayor.
Otra es el gobierno: desde el fideicomiso se regulan las relaciones entre los fideicomitentes, como toman decisiones, la venta o prenda de derechos fiduciarios, las obligaciones de hacer aportes o gestiones; permite tener no solo fideicomitentes con determinados privilegios sino también beneficiarios con otros privilegios. Permite que el gobierno del fideicomiso sea uno y cuando suceda un evento sea otro. Pero quizás lo más importante hay un tercero que hace valer esas reglas llamado fiduciario.
Una más es que facilitan la vida, concepto más palpable para las familias, quienes se benefician que la fiduciaria, por cuenta del fideicomiso, administra los bienes, lleva la contabilidad, abre cuentas corrientes, cumple obligaciones fiscales, recauda, paga, en fin, gestiona un patrimonio. Pero para las empresas también, en la medida que no generan una estructura societaria que conlleva trámites y obligaciones.
De otro lado, los fideicomisos conllevan confidencialidad; los bienes son del fideicomiso, quien actúa es él, no los fideicomitentes. Así mismo aísla riesgos: los fideicomitentes responden hasta el monto de sus aportes o de la manera en que se acuerde en el contrato fiduciario. Es dable pactar que los fideicomitentes no se afecten por aspectos relacionados con las obligaciones adquiridas directamente por un proyecto que se desarrolla a través del fideicomiso y que las deudas adquiridas por el mismo afecten patrimonio. Así el pago de obligaciones y la constitución de garantías a favor de prestamistas son realizadas por el fideicomiso y no por los fideicomitentes.
Esta enunciación de cualidades resalta cómo el fideicomiso permite asociar. Es más, se presentan fideicomisos de propósito especial constituidos con el fin exclusivo de desarrollar un proyecto, que puede catalogarse como un patrimonio autónomo afecto a la realización de una actividad empresarial sujeto a su propio régimen de insolvencia conforme a lo establecido por el artículo segundo de la Ley 1116 de 2006. En estos casos, por el hecho de estar afecto a una actividad empresarial, los procesos de reorganización o liquidación de sus fideicomitentes no afectan los bienes fideicomitidos, los cuales seguirán destinados al desarrollo del proyecto y a garantizar las obligaciones adquiridas por el Fideicomiso.
Ernesto Villamizar
Presidente de Credicorp Capital Fiduciaria