Si el tema no fuera tan trascendental, ameritaría para hacer múltiples chistes con respecto a la seriedad del sistema judicial colombiano y la validez de sus sentencias. Incluso hay quienes piensan que el debate podría calificar para ser considerado por la franquicia Aunque usted no lo crea, que nació tras las publicaciones del estadounidense Robert Ripley, quien hace un siglo publicó un periódico gráfico sobre hechos sorprendentes en el mundo entero.
Y es que la decisión que tomará mañana la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia con respecto a una tutela, puede invalidar en términos prácticos el fallo emitido ocho meses atrás por la Sala Laboral del mismo tribunal. Si eso acaba ocurriendo, el precedente que se crearía sería gravísimo tanto por las consecuencias sobre quien tomó decisiones basado en un veredicto final, como sobre un sistema al cual se le abriría un boquete enorme para controvertir determinaciones que, supuestamente, son de última instancia.
Lo que está en juego es nada menos que la declaratoria de ilegalidad del cese de actividades adelantado a finales del año pasado por un puñado de pilotos de Avianca, agremiados en Acdac. Como se recordará, la huelga duró 51 días, obligó a la cancelación de más de 20.000 vuelos, afectó a medio millón de viajeros y le ocasionó cuantiosas pérdidas a la aerolínea que todavía sigue sin alcanzar los niveles de operación que tenía en septiembre.
Cuando a finales de noviembre la Corte desestimó la validez del paro al considerar que el transporte aéreo de pasajeros es un servicio público esencial y señaló que la convocatoria del mismo no respetó las mayorías mínimas establecidas, el sindicato no se quedó con los brazos cruzados. Desde esa fecha, el total de tutelas presentadas asciende a 29, a las cuales hay que agregar otras 27 relacionadas con solicitudes de reintegro de los trabajadores despedidos. De 223 citados a descargos, salieron cerca de 80 de las filas de la compañía.
Más que entrar a valorar los castigos impuestos, es claro que Avianca actuó de manera consecuente con lo expresado por el alto tribunal, que hace tránsito a lo que se conoce como “cosa juzgada”. Por tal motivo es sorprendente la intención de Acdac de subvertir ese principio, tocando la puerta de otras salas de la Corte. La tutela se está convirtiendo, en la práctica, en mecanismo de tercera y cuarta instancia, algo que dista del espíritu que la llevó a la Constitución de 1991.
Peor todavía es la incertidumbre que se crearía. En lugar de seguridad jurídica, cualquier decisión pasada o futura quedaría sujeta a revisión a través del derecho de amparo, mediante el uso de nuevas e interminables cadenas de recursos. Si las llamadas ‘tutelatones’ han aparecido en ocasiones, se corre el riesgo de que se conviertan en la norma y no la excepción.
No menos sorprendente es que la especialización de ciertos organismos en asuntos relacionados con lo laboral, lo penal u otras cuestiones, queda en entredicho. Con razón, más de un abogado se toma la cabeza ante el peligro de que cualquier área de un tribunal pueda meter baza en lo que haya dicho otra de igual categoría, pero no con el mismo nivel de conocimiento, sin que se puedan dirimir los conocidos choques de trenes.
En consecuencia, hay que hacer votos para que se imponga la sensatez y se evite el riesgo de romper la estructura misma del sistema de administración de justicia en Colombia. Basta imaginarse la cantidad de conflictos que surgirían en un país que ya enfrenta suficientes problemas de todo tipo, como para enfrentarse a la posibilidad de que todo se pueda cuestionar. Debido a ello, y para usar la figura, la Corte Suprema debe señalar sin ambages que lo que le corresponde es poner puntos finales, no puntos seguidos, ni mucho menos suspensivos.