Ante el triunfo del ‘No’ en el plebiscito del 2 de octubre, se esta renegociando un nuevo texto de los cuerdos en La Habana y se han venido discutiendo diferentes fórmulas para proceder a su refrendación.
El Presidente de la República ha manifestado que “vamos a buscar una salida entre las alternativas que nos ofrecen nuestras leyes y nuestra Constitución, incluidas las sentencias de la Corte Constitucional”. ¿Cuáles son esas opciones? Ante todo, es necesario distinguir entre las alternativas políticas y jurídicas.
Las primeras las establece el Artículo 103 de la Constitución, y son el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato.
Las segundas, las ordena el Artículo 347 Constitución, al indicar que ella podrá ser reformada por el Congreso, por una Asamblea Constituyente, o por el pueblo mediante referendo.
Para la refrendación de los acuerdos en La Habana, el gobierno optó como alternativa política, la realización de un plebiscito, y como alternativa jurídica por la aprobación del Acto Legislativo 1 de 2016 que establecía un procedimiento legislativo más ágil (fast track) que el ordinario. De todas maneras, se condiciono la entrada en vigencia de este último a la aprobación mayoritaria de aquel.
En el evento de la negativa del plebiscito, la Corte Constitucional, en su Sentencia C-379 de 2016, estableció que se podría poner a consideración del pueblo una nueva decisión que implique condiciones diferentes a las inicialmente pactadas, fruto de la renegociación del Acuerdo anterior o de uno nuevo.
En estas condiciones, el camino a seguir sería buscar la refrendación política a través de un nuevo plebiscito, aunque exista el temor de que sea nuevamente negado, ya que no es fácil reducir difíciles cuestiones políticas, económicas y sociales a simples eslogans, como sucedió en el pasado plebiscito.
Por eso, algunos han sugerido optar por un Cabildo Abierto, aprobado por la mayoría de los consejos municipales del país, siempre y cuando esos municipios representen la mayoría de la población.
Sin embargo, esta fórmula no es tan atrayente porque los Cabildos no están reglamentados, son más propios para discutir propuestas que presenten los cabildantes y no iniciativas que vengan al alto gobierno, y en un clima de polarización como el existente, podrían contribuir a crear más división en vez de unión de voluntades sobre un propósito común.
En estas circunstancias, parecería más oportuno insistir en realizar un nuevo plebiscito, a pesar de su costo y riesgos. Para que el plebiscito no sea simples palabras en una papeleta, para votar ‘Si’ o ‘No’, el gran desafío es que hay que darle vida y personalidad. Hay que combinar los datos con la ilusión.
No basta decir que un referendo hará tal o cual cosa, sino convencer a los colombianos de que realmente se avanzará hacia la paz.
En cuanto a la alternativa jurídica para dar vida a los acuerdos, podría pensarse en utilizar un procedimiento similar al previsto en el Acto legislativo 1 de 2016, en el evento de que la Corte Constitucional declare constitucional esta norma, ya que sería la manera más expedita para ponerlas en vigencia. De lo contrario, habría que acudir al procedimiento ordinario de aprobación de las normas constitucionales y legales por medio del Congreso.
Manuel José Cárdenas
Consultor Internacional
emece1960@yahoo.com
columnista
Alternativas para refrendar los acuerdos
En estas circunstancias, parecería más oportuno insistir en realizar un nuevo plebiscito.
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Manuel José Cárdenas
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