El estreno del programa Obras por Impuestos dará un nuevo paso exactamente en un mes, cuando vencerá el plazo para que las empresas registren proyectos ya estructurados o elijan uno del banco que tiene la Agencia de Renovación del Territorio (ART).
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Si bien esta fecha se debe cumplir el 31 de diciembre de cada año, por una única vez se amplió 45 días más, con el fin de que más compañías hagan parte del programa. Así lo explica Rafael Pardo, ministro para el Posconflicto, quien dice que “si este esquema hubiera existido hace 25 años en Colombia, otra sería la realidad de regiones como La Guajira, Arauca, Casanare o Meta, que han tenido empresas con gran desarrollo, que han pagado muchísimos impuestos de renta y que las obras no se han visto en esas regiones.
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¿Cómo opera este modelo?
Se trata de una nueva modalidad tributaria, en la cual una empresa localizada en cualquier parte del país puede escoger o pagar la totalidad de los impuestos, o pagar hasta la mitad del tributo cargo, haciendo obras en municipios que fueron más afectados por el conflicto. Lo aprendimos de Perú, donde existe hace siete años. Allí, las empresas que más aplican son mineras, extractivas, del sector financiero, de telecomunicaciones.
Y es que muchas veces firmas que están en regiones muy alejadas dicen que pagan mucho impuesto de renta y esto nunca se ve reflejado en las obras. Así, estas pueden contratar directamente o hacer las obras.
Tenemos fe de que esta modalidad permitirá distribuir la inversión pública en las zonas que más lo necesita.
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¿Quiénes pueden aplicar?
Cualquier empresa de cualquier tipo, que tenga obligaciones tributarias. Puede estar en cualquier parte del país, pero la inversión sí tiene que ser en las zonas más afectadas por el conflicto (Zomac), que son 344 municipios, es decir 53% del territorio. En el caso de que no sean empresas de ingeniería o especializadas, simplemente contratan la obra con una constructora con experiencia, mediante la contratación privada.
¿Cómo es esto de que se amplió el plazo para registro?
Lo que está establecido es que al 31 de diciembre de cada año deben estar los proyectos ya registrados en la ART, pero por ser el primer año se amplió hasta el 15 de febrero para que en ese plazo, las empresas registren los proyectos de su interés e iniciativa, o puedan escoger otros ya originados por municipios, ministerios o agencias gubernamentales.
En el banco hay un número importante de proyectos, tenemos 210 ya registrados al 9 de enero, que se pueden consultar en la página de la ART. Ahora, si la empresa quiere registrar uno de su interés puede hacerlo también; dicha iniciativa será evaluada rápidamente, estudiando en qué municipio fue propuesto y a qué sector corresponde.
Por ejemplo, si un banco quiere hacer una escuela en Guapi, Cauca, se verifica que este municipio sea parte de las Zomac, y el Ministerio de Educación –en este caso por ser un colegio– tiene que darle viabilidad para que la empresa tenga luz verde.
En total, son 6 sectores impactados alcantarillado, energía, educación pública, suministro de agua potable, infraestructura vial y salud pública.
Suponiendo que se apruebe el proyecto o que una empresa tenga luz verde para tomar uno del banco, ¿qué sigue?
Hay unos plazos en los cuales se da viabilidad y se avala el proyecto. Una vez pase esto, entre el 1.° y el 30 de abril, se hará la revisión de las solicitudes de vinculación del impuesto, la aprobación y la priorización.
El último día del cuarto mes del año será la fecha límite para la publicación de los proyectos que fueron aprobados.
Posterior a esto, las empresas tendrán hasta el 25 de mayo para declarar la renta correspondiente y consignar los recursos en la fiducia correspondiente.
Igualmente, también hay plazos determinados para el inicio de la construcción, que es cuando se suspende la obligación tributaria hasta que la firma haga entrega de la obra.
¿Es decir que en ese año no tendría que pagar a la Dian la totalidad de tributos?
No tendría que hacer los pagos a la Dian, ni tendría recargos por extemporaneidad en ellos, pues no lo hace a tiempo, sino que lo hace en forma de obras con un esquema establecido en el proyecto.
¿Qué pasa si un contratista incumple?
Hay una serie de condiciones de riesgo que están establecidas en el decreto y unos seguros que pueden y otros que deben tomar. Muchas obras tienen cierta incertidumbre, por geología, climatología, etc. La empresa, cuando termine la obra, la entrega al Gobierno y este determina quién va a administrar ese bien.
Asimismo, todos los proyectos cuentan con interventoría y revisión final.
Ya se va a vencer el plazo para obras de este año, ¿qué pasará con los que no alcancen a entrar?
Después del 15 de febrero, podrán registrarse hasta el 31 de diciembre del 2018, con el fin de aplicar a los proyectos a ser ejecutados en el 2019. Seguirá habilitado el sistema.
En cuanto al pago de los impuestos, vale recordar que en el 2018 se pagan los del 2017; en el 2019 se pagan los impuestos del año fiscal 2018, con lo cual el tema tributario de los proyectos de este año aplicaría para el próximo.
Por ejemplo, un banco en Bogotá quiere pagar 5.000 millones de pesos en impuestos de los 10.000 que tiene de obligación. Entonces, decide hacer un colegio en un municipio por ese mismo valor. Eso le sirve para pagar el impuesto.
Pero, ojo, esto no quiere decir que haya descuentos tributarios de algún tipo, es decir, es igual para la empresa en términos financieros, pero en el tema reputacional y del desarrollo a largo plazo en las regiones, a muchas les conviene que haya un desarrollo de infraestructura de este tipo, con alto déficit en muchas regiones.