El debate sobre el papel que desempeñan los servicios públicos domiciliarios dentro de un plan de desarrollo de un gobierno, está sustentado, por un lado, por las reglas impuestas por todo el marco normativo, definido desde la Constitución Política de Colombia, que explícitamente los reconoce como inherentes a la finalidad social del Estado.
También, en la apuesta formal y política que el mismo Plan de Desarrollo tiene en su punto de partida desde el mismo programa de gobierno, presentado por el entonces candidato y ahora Presidente de Colombia.
(Pacto por la legalidad: justicia transparente y seguridad efectiva).
Lo anterior tendría que comprenderse desde dos marcos de línea conceptual desde los cuales, cualquier apuesta de desarrollo social y económico los reconoce:
a). la garantía del acceso universal y eficiente de la parte de toda la población a estos bienes públicos, como parte de los derechos humanos, es decir, como el Derecho al Agua
b). Las condiciones jurídicas y económicas que caracterizan al agua como bien y servicio público esencial, derivan en unas particularidades que lo enmarcan en un primer nivel de prioridad dentro de la finalidad social del Estado.
Sobre estas premisas, se desarrolla el presente análisis.
1. Los Servicios Públicos del Agua y Saneamiento Básico como Bienes Públicos Esenciales desde el Estado Los Servicios de APSB son bienes sociales en cuya provisión no es usual la exclusión para su consumo de un determinado individuo, y dada su naturaleza de baja rivalidad, cuando son ofrecidos, pierde relevancia la posibilidad de dicha exclusión.
Una vez son proveídos a un importante número de personas, la inclusión de nuevos usuarios no impacta, al menos hasta cierto nivel producción, de manera marginal los costos asociados a su financiamiento. Por ello, a diferencia de los bienes privados, su precio no necesariamente refleja el costo marginal de producción. Así mismo, dada la condición de bienes meritorios su provisión y regulación, claramente demandan la actuación del Estado, y por tanto, dependen de consideraciones políticas y éticas respecto del estado de desarrollo de la sociedad.
2. Los Contenidos y Enfoque de la Propuesta Como se expresa en forma concreta en el BPND, se ha propuesto como objetivo general del Plan “Incrementar el acceso de la población al agua potable y saneamiento básico en condiciones de calidad, eficiencia y sostenibilidad, a través de la adecuada planificación de las inversiones sectoriales, implementación de esquemas regionales y de soluciones acordes con las características locales, que contribuyan al cierre de brechas territoriales.
Sobre esa base de objetivo general, el DBPN ha propuesto siete objetivos específicos que buscan durante su vigencia concretar el propósito denominado Pacto por la calidad y eficiencia de los servicios públicos.
(PND no ofrece soluciones al bajo nivel científico del país).
Cabe anotar que si bien el documento refiere a los Servicios de Agua Potable y Saneamiento Básico, solo dos de los siete objetivos se refieren de manera explícita y diferenciadamente a los servicios de agua y residuos sólidos, mientras que el resto de objetivos menciona en una perspectiva más genérica como un único sector el agua y el saneamiento básico, o explícitamente se menciona el agua, dejando a consideración de este análisis, un campo muy general y limitado a la gestión de los residuos sólidos, como subsector soportado en el servicio público de aseo.
Para el sector de APSB, el PND propone:
• Prestación eficiente y sostenible de los servicios públicos con orientación regional y de economía circular del agua.
• Gobernanza comunitaria en la prestación de los servicios en la ruralidad; • Disposición y mejora de la información del sector.
• Modificaciones a la capacidad institucional para la mejora de la ejecución de proyectos, así como de la vigilancia y regulación de empresas prestadoras.
• Protección de las fuentes de agua y garantía de su sostenibilidad en el tiempo.
• Educación sobre el valor del agua y aprovechamiento de los residuos y promoción de la participación ciudadana.
• Optimización financiera en la focalización de subsidios y desarrollo de proyectos sectoriales.
3. La Agenda Pendiente del Plan: entre una reforma estructural del sector y el cumplimiento de la Ley 142 de 1994 La realidad en la práctica de las personas prestadoras, cuando son empresas -públicas, mixtas o privadas- o cuando como en el caso de los municipios la asumen directamente, se realizan en condiciones de monopolio regulado, vigilado y contralado, por lo que las la apertura a otras estructuras de mercado resultan en la mayoría de los casos, un asunto más teórico que real.
Esta estructura dominante en la prestación de servicios, muy características en los entornos urbanos, a pesar de varios ejemplos y casos que se han presentado en estas décadas, con dificultades de gestión y eficiencia empresarial, los indicadores de cobertura urbana hoy por hoy reflejan un panorama de mejoramiento : 97.8% en Acueducto y 73.9% en Alcantarillado en el año 2017 (DNP, 2018, pág. 545) frente a un 77.69 % en Acueducto y un 61.26% en Alcantarillado en 1993 (Departamento Nacional de Planeación, 2014).
Caso contrario ocurre con la ruralidad, donde esas mismas coberturas aún no muestran los avances deseados, y que puede estar evidenciando dificultades asociadas más con unas reformas de la misma Ley 142 de 1994, en especial, en lo que tiene que ver con la disposición de organizaciones públicas que logren reducir esas brechas, antes que aspirar a que las lógicas de las estructuras empresariales que han resultado más eficientes en lo urbano, allí operen.
4. Un Marco de debate para el Plan La apuesta que ha planteado el actual gobierno, en su visión de desarrollo para los próximos cuatro años, a partir del documento de bases del Plan de desarrollo, sin lugar a dudas tiene aspectos relevantes y necesarios para avanzar en un mejoramiento del sector de servicios.
Lo anterior, no obstante, a consideración del análisis aquí propuesto, debería surgir a partir de los dos marcos de referencia que se consideran sustanciales para lograr avances de manera más integral de este sector. Es decir, que los siete objetivos específicos que se plantean se consideran importantes, necesarios, mas no suficientes.
Quizás ha llegado el momento de un corte de cuentas de estas disposiciones legales reglamentarias de la Constitución, que contribuya de manera más integral, multidimensional y estratégica en avanzar en el posicionamiento del agua como un recurso muy -sui generis- y extremadamente sensible.
Así mismo que reconozca la noción de servicio público domiciliario, pero que vaya más allá en cuanto a su carácter de derecho colectivo.