El señor Trump decidió a Motu proprio acabar con la normativa internacional y bilateral en lo pertinente a la política comercial de libre circulación de mercancías. Para ello ha usado el mecanismo más elemental: incremento de los aranceles. Viola la normativa multilateral de la OMC y los acuerdos bilaterales suscritos con Canadá, México, Centroamérica y Panamá, Colombia, Perú y Chile. Frente a esas decisiones no existe la posibilidad de acudir a tribunales de arbitramento.
Eso sí, es imposible pensar en tomar medidas que respondan a las arbitrariedades en contra de las multinacionales en materia de inversión, propiedad intelectual o servicios, por lo menos de los países en desarrollo que han suscrito tratados de protección de inversiones o propiedad intelectual y, que se someten en la solución de controversias a tribunales de arbitramento, en especial en el Centro Internacional de Controversias sobre la inversión (Ciadi).
En los TPI se cedió la soberanía jurisdiccional, característica de un sistema democrático, y se reemplazó por una autocracia o meritocracia todopoderosa y omnipresente, donde aspectos relativos al control del abuso de posición dominante de los mercados o defensa del desarrollo sostenible del medioambiente ni siquiera se contemplan.
Son miles de millones de dólares las condenas que esos tribunales han emitido en contra de países latinoamericanos por demandas de los inversionistas en contra de los Estados. Sin embargo, es evidente cómo, en muchos casos, comprometen el marco de sostenibilidad fiscal de mediano y largo plazo de los países. Como ejemplo, Venezuela debe por este concepto más de 20.000 millones de dólares y cualquier gobierno, presente o futuro, tendrá que pagar: son tratados que comprometen los Estados.
Jurídicamente, los procesos parecen impecables. Los laudos tienen que ver en lo esencial con lo suscrito en materia de expropiación indirecta o, en el caso de la propiedad intelectual, con el denominado ‘menoscabo en los beneficios esperados por los inversionistas’. Son condenas habitualmente basadas en la adopción de políticas públicas o decisiones judiciales adoptadas democráticamente al interior de los países en defensa, por ejemplo, de los intereses de la salud o la seguridad alimentaria por abuso evidente en los precios o, por la defensa del medioambiente. Todo parece legal, todo parece ilegítimo.
Es rentable demandar a los países y que paguen los ciudadanos. Lo que realmente se encuentra detrás del conflicto comercial iniciado por Trump es imponer la suscripción de nuevos tratados de inversión. Si para ello tienen que recurrir a crear relaciones espurias entre migración, cláusulas laborales o ambientales y unirlas a las sanciones comerciales, así será.
Es un tema multilateral regido por el fallido Acuerdo Multilateral de Inversiones (AMI) propuesto por la Ocde. Su consecuencia es la ‘trampa del bilateralismo’ al suscribir TPI con condiciones draconianas y, en consecuencia, profundamente injustas.
Nada indica que la IED aumenta si se sigue otorgando esa injusta ‘seguridad jurídica’ a los inversionistas en contra de los Estados y, por supuesto, de la sociedad en su conjunto. Desafortunadamente, la única correlación claramente demostrada es el aumento de las demandas que se perdieron en los tribunales de arbitramento después de esos acuerdos. Por si acaso, Colombia no está exenta de esta tendencia.
Germán Umaña M.
Profesor
germanumana201@hotmail.com