El artículo 200 de la Constitución establece que corresponde al Gobierno, 1: “Concurrir a la formación de las leyes, presentando proyectos por intermedio de los ministros, ejerciendo el derecho de objetarlos y cumpliendo el deber de sancionarlos con arreglo a la Constitución”. Por otra, parte la Corte Constitucional, en sentencia C-452/06, señaló: “Las objeciones presidenciales pueden ser por inconveniencia o por inconstitucionalidad. En ambos casos se devuelve el proyecto de ley (…)”.
Varios juristas, como Jaime Castro, constitucionalista por excelencia, han señalado como jurídicamente viable las objeciones hechas por el presidente. El doctor Castro cita, como ejemplo, la objeción que el presidente Santos hizo por razones de inconveniencia al proyecto de ley estatutaria que permitía la reelección de determinados servidores públicos, y que había sido declarado constitucional por la Corte.
Es claro que el presidente hizo uso de una atribución presidencial al objetar seis artículos de los 159 que contiene la norma. Atribución que corresponde a la colaboración que establece la misma Constitución entre las ramas del poder público, para beneficio de la institucionalidad del país y para la búsqueda de las mejores decisiones y políticas públicas en pro del desarrollo del país. No es, por lo tanto, el uso de esta atribución un choque de trenes, como se ha querido hacer ver por algunos, ni un desafío a la Corte Constitucional.
Por qué el deseo de volver a acrecentar la polarización, en cuya suavización, y ojalá desaparición, ha trabajado el Presidente con su estilo no pendenciero ni polarizador, con su actitud reposada y abierta a todos los sectores, obviamente cumpliendo con sus promesas de campaña, por las cuales fue electo y siguiendo sus principios y convicciones, que cree benefician al país.
Es sano, institucional, política y gubernamentalmente que exista oposición, es parte del juego de pesos y contrapesos en la tarea de dirigir y construir país, es elemento fundamental de una democracia. Pero no puede llegarse al punto de que todo lo que proponga un gobierno sea objetado, solo por ser oposición, sin un análisis objetivo de los hechos y de los actos jurídicos y de gobierno.
Es importante tener en cuenta, que así como el Procurador se ha mostrado contrario a las objeciones hechas, el Fiscal se ha pronunciado de acuerdo, con argumentos sólidos, relacionados con los riesgos que dichos artículos tienen sobre los hechos punibles que allí se regulan.
El Presidente ha sido claro y reiterativo en que no piensa hacer trizas el acuerdo, como, sin fundamento, han aseverado algunos, invocando y provocando reacciones que pueden ser de suma gravedad para el país y que no corresponden a lo planteado y ejecutado por el jefe de Estado. Ha visitado campamentos donde están adelantando proyectos grupos de reinsertados y les ha explicado claramente los pasos dados y el camino que se ha trazado. La JEP, dicho no solo por el Presidente, sino por varios expertos, puede funcionar sin esos artículos, y de hecho viene funcionando. Corresponde al Congreso actuar responsablemente para dar trámite y estudiar esas objeciones, sin más disquisiciones y dilaciones.
Por Dios, construyamos y no busquemos destruir el país, contribuyamos a desarmar los espíritus y las palabras con la verdad y no con mentiras envenenadas de más odio. Si algo no ha mostrado el presidente Duque ha sido un espíritu de odio y de exclusión, por el contrario, ha dado muestras de serenidad y ecuanimidad y ha invitado al diálogo constructivo. Es el momento de tomar ese reto y buscar los consensos necesarios para un futuro más claro.