Los accidentes de tránsito son la segunda causa de muerte violenta en el país. La mayoría sucede por la imprudencia de conductores, que sobrepasan los límites de velocidad. Por eso, es justificable el uso de instrumentos tecnológicos que permitan prevenir la accidentalidad a través de multas y sanciones. El nuevo Código Nacional de Tránsito Terrestre contempla el uso de las cámaras de foto detección o fotomulta, como herramienta comprobatoria de una infracción de tránsito y, por lo tanto, de un comparendo.
En nuestro país, 56 municipios ya cuentan con todo un sistema de cámaras para registro de infracciones por exceso de velocidad, avance en luz roja y parada sobre la cebra peatonal. Estos dispositivos son automáticos, móviles y funcionan las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Esto ha llevado a que algunas administraciones locales –con el propósito de aumentar sus recursos tributarios y violando en muchas ocasiones el debido proceso– abusen de comparendos emitidos por fotomulta, debido al exceso de velocidad. Hoy, las fotomultas recaudan la mitad de los ingresos totales por comparendos.
Cerca de vías nacionales, algunos alcaldes ponen límites de velocidad vigilados por cámaras de foto detección, muy por debajo de los topes máximos permitidos y sin la suficiente señalización. En varias vías nacionales, donde se avanza a 80 km/h, de un momento a otro, en un tramo de 300 metros, restringen la velocidad a 40 km/h. También ubican las cámaras después de una curva o en una bajada, en donde con dificultad se puede reducir la velocidad.
Por la forma de contratación, los recursos son captados en su mayoría por privados. Se hicieron acuerdos con empresas, en los que el Estado solo se queda con el 30 por ciento de los recursos, que en últimas son de los colombianos. Se genera un detrimento a las arcas de los municipios, por lo que la intervención de organismos de control como la Contraloría para la revisión de estos contratos, es urgente.
El objetivo de las fotomultas no puede ser el de montar una ‘cacería ciudadana’ para llenar las arcas del municipio, sino mejorar la seguridad vial. Debe existir una relación entre el diseño de los límites de velocidad y la accidentalidad. Al menos 70 por ciento de los recursos recaudados deben entrar a las arcas de los municipios –no quedar en manos de privados– y destinarse al mejoramiento vial, la señalización y la seguridad, con miras a mejorar –no castigar– la movilidad ciudadana.
Por último, el ente especializado debe centralizar las quejas de los usuarios, para investigar de oficio –caso por caso– los diseños de límites en cada municipio donde operen las fotomultas, garantizando, además, que ningún contrato con privados supere los términos que defina la ley en condiciones y duración. Hasta los cursos de capacitación para descuentos se han vuelto un negocio, pues terminan siendo los tramitadores quienes se hacen presentes.
Las fotomultas no pueden ser un mecanismo para que privados o municipios ganen plata, sino para salvar vidas. La ley –al igual que la tecnología– existe para educar al ciudadano y lograr un mejor país, no para enriquecer a los contratistas amigos de uno que otro funcionario público.
Mauricio Lizcano
Senador
columnista
Fotomultas: ¿prevención o negocio?
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Mauricio Lizcano
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