No se ve muy bueno el panorama para los importadores y exportadores colombianos.
Además de los sobrecostos logísticos en que incurren por la precaria infraestructura existente, se cocina al interior del Gobierno una reforma al Estatuto Aduanero que reemplazará el régimen actualmente vigente, contenido en el Decreto 2685 de 1999.
Para citar solo algunos de los inconvenientes que les esperan a los importadores y exportadores con la nueva reglamentación aduanera, citaremos los siguientes:
1. Se debilitan o se acaban los instrumentos de facilitación del comercio exterior, como los Usuarios Aduaneros Permanentes (UAP), los Usuarios Altamente Exportadores (Altex) y las Comercializadoras Internacionales (C.I.), para convertirlos en Operadores de Comercio Exterior (OEA), que son agentes para garantizar la seguridad en la cadena logística, sin los beneficios de los primeros.
Por ejemplo, se pierde el beneficio relacionado con la no causación del IVA en importaciones de bienes de capital no producidos en el país, destinada a la transformación de materias primas, prerrogativa de la que gozan los Altex.
2. Con el sesgo antizonas francas de la Dian, este mecanismo prácticamente se vuelve inoperante, dadas las trabas y restricciones que se le imponen, en contravía de lo dispuesto en la ley marco de zonas francas, Ley 1004 del 2005.
Ya algunos de los beneficiarios de zonas francas han manifestado a la Dian su intención de devolver este mecanismo, dadas las dificultades para realizar operaciones de comercio exterior.
3. Se presume la mala fe de los empresarios intervinientes en operaciones de comercio exterior.
Al contrario de lo que propone la Dian, se debe incorporar el silencio administrativo positivo, pues a falta de gestión de la administración, el administrado deberá obtener solución oportuna a sus peticiones.
4. No se regulan ni precisan las facultades de la Policía Fiscal y Aduanera (Polfa), la cual se ha convertido en una aduana paralela, que sin procedimientos ni facultades legales, aprehende mercancías en las carreteras del país.
5. El régimen sancionatorio propuesto en materia aduanera aumentará las facultades discrecionales de los funcionarios de la Dian, pues se adoptará la obsoleta técnica del tipo abierto, normas en blanco que le impiden al administrado conocer con precisión la tipicidad de la infracción aduanera, cuya sanción será determinada por el funcionario de turno de la Dian, según su criterio.
Esto, sin duda, aumentará las posibilidades de corrupción y chantaje.
El Gobierno debería tener en cuenta que recientemente el Congreso de la República expidió la Ley Marco de Aduanas (Ley 1609 del 2013), la cual consagra, entre otros, los principios de estabilidad jurídica, el debido proceso, la buena fe, imparcialidad, celeridad, economía, prevalencia de lo sustancial, responsabilidad y eficacia.
Ricardo Ramírez Acuña
Exdirector de Aduanas Nacionales
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